Método de adhesión a la AEF provisional

Hasta que la inscripción online esté disponible, contáctanos por correo si quieres formar parte de la AEF. Revisa la documentación requerida que encontrarás más abajo y consúltanos cualquier duda.

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Quién puede asociarse

  • Cualquier fundación española y las delegaciones en España de fundaciones extranjeras inscritas en su registro.

  • Los requisitos para asociarse son: cumplir nuestras normas internas de la AEF (estatutos, reglamento y código de conducta y buen gobierno), publicar las cuentas anuales de la fundación en su propia web (o autorizar a la AEF a hacerlo en la sección de fundaciones asociadas) y aceptar la cuota correspondiente.

Sistema de cuotas

La cuota anual se calcula sobre el gasto total ejecutado de las últimas cuentas aprobadas y se revisan cada año (al alza o a la baja).

Baremo de cuotas vigente

  • Gasto menor a 50.000 € → Cuota de 400 €
  • Gasto entre 50.001 € y 500.000 € → Cuota de 600 €
  • Gasto entre 500.001 € y 1.000.000 € → Cuota de 900 €
  • Gasto entre 1.000.001 € y 3.000.000 € → Cuota de 1.500 €
  • Gasto entre 3.000.001 € y 6.000.000 € → Cuota de 2.250 €
  • Gasto entre 6.000.001 € y 9.000.000 € → Cuota de 3.000 €
  • Gasto entre 9.000.001 € y 30.000.000 € → Cuota de 4.000 €
  • Gasto superior a 30.000.000 € → Cuota de 5.000 €

Información importante que debes conocer sobre las cuotas:

  • Cada fundación asociada abona anualmente una cuota de acuerdo al baremo acordado por la Asamblea. El pago de la cuota le permite recibir servicios hasta el 31 de diciembre del mismo año, independientemente de la fecha en la que se haya asociado.
  • Para aquellas fundaciones que soliciten su adhesión en el primer ejercicio económico desde su constitución o fusión, la cuota se aplicará basándose en la cifra de gasto presupuestada para el ejercicio en curso.
  • Fundaciones que soliciten su adhesión en el segundo ejercicio, pero aún no hayan aprobado las cuentas por no haber vencido el plazo para hacerlo, la cuota se aplicará basándose en la cifra de gasto del ejercicio anterior estimada al cierre del mismo.
  • Varias fundaciones con un único fundador (persona física o jurídica privada), tendrán una cuota conjunta resultante de aplicar el baremo a la suma del conjunto de sus gastos.
  • Las altas desde el 31 de agosto del año en curso tienen un 50 % de descuento. Las altas desde el 30 de noviembre del año en curso no pagarán cuota en ese ejercicio.

Qué somos, qué hacemos y qué te proponemos

Derechos y deberes como entidad asociada

Derechos: voz y voto en la asambleas; elegibilidad para los órganos de gobierno; participación en actividades; uso de los servicios; proponer iniciativas; acceso al censo de asociadas, a la composición de sus órganos y los acuerdos alcanzados por estos, al estado de las cuentas; impugnación de acuerdos adoptados que estimen contrarios a la ley o a los estatutos.

Deberes: compartir los principios de la AEF; cumplir los estatutos y los acuerdos de los órganos de gobierno; publicar las cuentas anuales; designar un representante; satisfacer cuotas y derramas; desempeñar los cargos aceptados; comunicar la baja con 15 días de antelación.

Documentación necesaria para la adhesión

Para completar el proceso de solicitud online vamos a necesitar la siguiente documentación en formato digital:

  • Escritura de constitución y estatutos de la fundación.
  • Acreditación de la inscripción en el registro correspondiente.
  • Las últimas cuentas anuales aprobadas por el patronato y presentadas al protectorado, compuestas por el balance, la cuenta de resultados y la memoria); si procede, también el informe de auditoría.
  • Tarjeta del NIF.
  • Composición actual del patronato, con nombres, apellidos y cargos. En el formulario hay un campo de texto específico donde se puede insertar esta información.
  • Tras finalizar el proceso online también necesitaremos la solicitud de adhesión y la declaración responsable de titularidad real (firmadas digitalmente por un representante legal autorizado).

¿Qué pasa tras enviar la solicitud de adhesión?

  1. Revisamos la solicitud y la documentación aportada y pedimos la subsanación de los errores u omisiones si los hubiera.
  2. Revisamos la cuota propuesta por el solicitante y la ajustamos si es necesario tras analizar las cuentas anuales aportadas por la entidad en el proceso.
  3. Una vez toda la documentación está revisada y aprobada, y la cuota asignada, comunicamos a la solicitante que ya puede hacer uso de todos nuestros servicios, a la espera de que la junta directiva o el comité ejecutivo de la AEF acepte formalmente su adhesión en su siguiente reunión (normalmente hay una cada mes).
  4. Tras su admisión formal se le envía una nueva notificación acompañada de la factura correspondiente.

Por qué asociarte

Participación en un proyecto por el bien común.

Defensa de los intereses 
del sector.

Asesoría jurídica, fiscal 
y contable.

Descuentos en formación.

Orientaciones y recursos
sobre buen gobierno y transparencia.

Visibilidad en los canales de comunicación de la AEF

Acceso a foros internacionales del sector.

Ventajas en eventos y espacios de encuentro.

Acceso a los Grupos AEF

Consultas de documentación y listados de fundaciones españolas

Uso del distintivo AEF como sello de calidad.

Acceso a servicios y condiciones especiales de entidades y empresas con convenio con la AEF

Reserva de salas de reuniones en la sede de la AEF

Convenios AEF con empresas

Consulta los acuerdos de la AEF con entidades para ofrecer servicios y condiciones especiales a socios.

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