Presentación del Impuesto sobre Sociedades
19/06/23
En aplicación del artículo 124.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (IS), y tal y como exige el artículo 13 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo (Ley 49/2002), las fundaciones cuyo ejercicio económico coincida con el año natural deberán presentar el IS antes del 25 de julio de 2023.
En aplicación del artículo 124.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (IS), y tal y como exige el artículo 13 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo (Ley 40/2002), las fundaciones cuyo ejercicio económico coincida con el año natural deberán presentar el IS antes del 25 de julio de 2023.Cabe recordar que, aún en el caso de que las fundaciones no tengan que liquidar IS por aplicación del régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002, las fundaciones están obligadas, en todo caso, a presentar la declaración de dicho impuesto en tiempo y forma, según se exige en su artículo 13.
En cualquier caso, la presentación ha de sustanciarse a través de este enlace.